7 Diferencias entre Delegados de Prevención y Representantes del Empleador
El comité de seguridad y salud laboral es un órgano que tiene representación, por una parte, de los trabajadores de la empresa en cabeza de los delegados de prevención, y por la otra, los representantes del empleador, está integrado por varios miembros y las decisiones se adoptan y se aprueban por la mayoría de ellos, sin embargo, existen diferencias entre el delegado de prevención y el representante del empleador.
El abogado Luis Eduardo Mendoza en su libro 100 preguntas 100 respuestas, establece 7 diferencias entre el delegado de prevención y el representante del empleador, ambos miembros integrantes del comité de seguridad y salud laboral, estas son:
Primera:
El delegado de prevención goza de inamovilidadlaboral, pero el representante del empleador no tiene inamovilidad laboral por el hecho de ser el representante del empleador, puede gozar de estabilidad, a menos que sea trabajador de dirección, o puede gozar de inamovilidad por estar encuadrado dentro de alguno de los supuestos de ley, pero en todo caso, esa estabilidad o inamovilidad no es consecuencia de ser representante patronal en el comité de seguridad y salud laboral, sino por el cargo ejercido en la empresa.
Segunda:
El nombramiento del delegado de prevención de la empresa, es el producto de unas elecciones, donde participan todos los trabajadores del centro de trabajo para elegir a su representante, por otra parte, el representante del patrono es potestad exclusiva de este, el cual designa a su representante ante el comité de seguridad y salud laboral.
Tercera:
El delegado de prevención puede ser revocado sólo por los trabajadores de la empresa, si incurre en alguna de las causales establecidas en la LOPCYMAT y su reglamento, en el caso del representante del empleador, su revocatoria es un acto unilateral por parte del patrono.
Cuarta:
La revocatoria del delegado de prevención es activada por ante el Inpsasel, cuando haya transcurrido más de la mitad del periodo para el cual fue electo y a solicitud del 20% de los trabajadores, el nombramiento del representante del empleador puede ser revocado en cualquier momento y sin la intervención del Inpsasel, pero el empleador tiene la obligación de notificarlo al Inpsasel, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes.
Quinta:
El delegado de prevención obligatoriamente debe ser trabajador de la empresa donde aspire a ser electo, en cambio, el representante del empleador puede ser trabajador de la empresa u organismo o cualquier otra persona ajena a la misma conforme a lo establecido en el reglamento de la Lopcymat.
Sexta:
La remuneración del delegado de prevención es la derivada de la contraprestación del cargo que ejerce dentro de la empresa, sin tener derecho a obtener un ingreso adicional por ser delegado de prevención, con respecto del aspecto remunerativo del representante del empleador, existen variantes:
a) Si es trabajador de la empresa, su remuneración es la que deriva de la contraprestación que recibe por ejercer el cargo dentro de la empresa.
b) Si es trabajador de la empresa puede acordarse un pago adicional por la actividad extra a desarrollar dentro del comité de seguridad y salud laboral.
c) Si es ajeno a la empresa, puede establecerse el pago de una dieta por asistencia a las reuniones del comité de seguridad y salud laboral, sin que implique un pago de salario o la existencia de una relación detrabajo.
Séptima:
No es incompatible el ejercicio simultaneo del cargo de delegado de prevención con el del representante sindical, en aplicación del principio de libertad sindical, por otro lado, es incompatible el ejercicio del cargo de representante del empleador, con ser parte del equipo multidisciplinario del servicio de seguridad y salud en el trabajo (propio o mancomunado) de la empresa.
A pesar de conformar el comité de seguridad y salud laboral,existen diferencias entre el delegado de prevención y el representante del empleador, que deben ser tomadas en cuenta, más allá de las atribuciones y facultades que tienen cada uno o las que tienen cuando actúan conjuntamente como comité de seguridad y salud laboral de la empresa.
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