La única manera de elaborar los principios de prevención de las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres

El tema sobre la elaboración de los Principios de prevención de las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres, ha generado mucha polémica y discusiones desde la reforma de la Lopcymat en el año 2005, y a pesar de tantas opiniones respecto al tema, aún sigue habiendo dudas con relación al tema, durante mucho tiempo no había información sobre qué son y qué información deberían contener.

No existía un manual, metodología o simplemente una guía que indicara de qué manera se tenían que elaborar y como notificarlos a los trabajadores y como consecuencia de esto, muchos recurrieron a la notificación de riesgos que se hacía antes incluyendo de manera novedosa los procesos peligrosos. Finalmente la norma técnica de los servicios de seguridad y salud en el trabajo aclaró la duda sobre cuál es la información que debe contener la notificación de los principios de prevención de condiciones peligrosas, inseguras e insalubres.

El artículo 34 de la norma técnica de los servicios de seguridad y salud en el trabajo, el cual establece las funciones del servicio, se describe el contenido de los principios de prevención de las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres, el artículo establece la información mínima que deben contener, lo qué es una novedad importante, además de agregar  las palabras condiciones peligrosas que no aparecen en la Lopcymat.

Cuando se elaboran los principios de prevención de las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres; el documento debe indicar el puesto de trabajo, las actividades y las tareas inherentes a cada una, a diferencia del programa de seguridad y salud en el trabajo, donde el análisis se debe hacer por procesos de trabajo y sus respectivas etapas, conforme a la norma técnica NT 01-2008.

Luego de describir cada tarea que realiza el trabajador en cada actividad, se debe describir para cada una, todas las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres, a las que se exponen los trabajadores cuando las realizan.

Consecuentemente, para cada condición peligrosa, insegura e insalubre descrita, se tiene que especificar la fuente o el agente que las produce y clasificarlo según corresponda, físico, mecánico, biológico, químico, entre otros.

También por cada condición peligrosa, insegura e insalubre, se debe describir en la notificación, los daños a la salud o efectos negativos que estos puedan producir a los trabajadores, tomando en cuenta los indicadores y registros, experiencia y criterios técnicos, igualmente hay que establecer medidas preventivas específicas para cada caso.

Veamos el siguiente ejemplo; imaginemos a un trabajador que trabaja en una fábrica de ventanas, el puesto de trabajo lo llamaremos herrero, sólo describiremos una de las actividades con algunas tareas por tratarse de un ejemplo, la actividad será la de corte de piezas, las tareas que realiza el trabajador para hacer esta actividad podrían ser; buscar la materia prima, medir y marcar para realizar los cortes y por último, realizar los cortes de la materia prima para armar las ventanas, entonces, hay que identificar y describir para el trabajador todas las condiciones peligrosas, inseguras e inseguras inherente a cada una de las tareas arriba mencionadas y que corresponden a la actividad de corte de piezas; poco espacio para el desplazamiento del trabajador, ruido en el caso del esmeril, entre otros.

Luego, cada uno de ellos es producido por un agente que debe ser descrito de manera específica; el esmeril es uno de ellos y en caso del ruido es un agente físico, seguido se describen los daños probables a consecuencia de las condiciones peligrosas, inseguras e insalubres, siguiendo el ejemplo, cuales daños por exposición al ruido se pueden manifestar en el trabajador, y por último, las medidas preventivas; podemos en este caso asignar al trabajador equipos de protección auditiva.

Por supuesto, la información debe ser presentada al trabajador en un documento, instrumento o formato, en el cual se describan todos estos aspectos, según corresponda al puesto de trabajo en el cual el trabajador se desempeña, debe tener espacio para que el trabajador, luego de leer y aclarar dudas con respecto a la notificación, coloque en cada hoja: nombres, apellidos, cedula de identidad, fecha, firma y huella dactilar de ambos pulgares.

Hay que recordar que a cada obligación o deber en materia de seguridad y salud en el trabajo, corresponde una constancia o evidencia de cumplimiento, de esta manera, las empresas además de evitar accidentes y enfermedades relacionados con el trabajo, también evitan sanciones.

Comentarios

  1. Saludos amigos del Blog de Seguridad y Salud en el Trabajo, felicito al autor de este tema, aunque quisiera aclarar lo siguiente: antes de que saliera la Norma 003-2016, y desde hace mucho tiempo, se hacían las Notificaciones de Riesgos y Condiciones Inseguras e Insalubres; las cuales tienen su base en la Industria Petrolera, desde los años 78 y se fortaleció su implementación en los 80 con la aparición de la Norma de Gestión de Riesgo Integral, que generó el Plan SIO, dentro de la Industria, e incluso la elaboración de los Programas de Seguridad de Higiene y Ambiente, conocido como PESHA, y donde posteriormente se empezaron a generar un conjunto de Normas, a raíz de las Modificaciones de la Norma de Sistema de Gestión de Riesgos, donde se elaboró la Norma para la Notificación de Riesgos de los puestos de Trabajo y donde se daban algunos lineamientos y metodologías para su elaboración.

    Lo que yo como profesional con muchos años de experiencia y proveniente de la industria petrolera, y como facilitador de muchos cursos de Análisis y Evaluación de Riesgos, y de tantos otros dentro de la Industria petrolera, la industria eléctrica, y Manufacturera a nivel Nacional, lo que sugiero y recomiendo es que:

    Debemos comenzar por saber definir y diferenciar los conceptos involucrados que son: Peligro, Riesgo, Condición Insegura o Peligrosa, y los Procesos Peligrosos. Luego de allí demos determinar los posibles accidentes y daños a la salud al trabajador; y luego determinar las medidas de Prevención tomando como base lo reseñado en el Art. 62 de la LOPCYMAT, tomando en consideración primero la fuente; segundo los medios y controles administrativos, y por último al trabajador. Lo que se desprende la Protección colectiva e individual, y también debe de exponerse las medidas de previsión, y promoción de la Seguridad y Salud en el Trabajo.

    También es importante recordar que cada cargo es específico de cada empresa, quiero decir que un herrero o soldador de la empresa X, es distinto al herrero o soldador de la empresa Y, por lo que no se debe generalizar ni hace un copia y pegue de las notificaciones de riesgos, condiciones peligrosas e insalubres de una empresa a otra,

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